HE PERDIDO TODA LA MERCANCIA CONGELADA
Existen en el mercado asegurador la cobertura para comercios y empresas de DAÑOS A BIENES REFRIGERADOS , basicamente lo que cubren es el deterioro de mercancias por aumento de temperatura bajo unas premisas. Debes tener en cuenta que para congelados la compañia va a aplicar una carencia (usualmente) de 24h a 12h , es decir que el congelador debe haber estado sin funcionamiento en un mínimo de ese tiempo , ya que se entiende que no se corrompe la mercancia sin abrir las puertas , para los bienes refrigerados tendran las carencias de 6 o 12 h igual que el anterior caso.
Tambien las compañias dependiendo del motivo por el cual no funcione el congelador , refrigerador ,nos daran cobertura o no.Las coberturas que deberias solicitar son las siguiente:
-fallo de suministro eléctrico.
-averia en el refrigerador.
-escape o derrame accidental del medio refrigerante.
Cuidado ya que hay algunas compañias que solo nos ofrecen esta cobertura , por fallo de suministro eléctrico continuado.
Como simpre consulta a tu CORREDOR DE SEGUROS.
Marc Conesa